martes, 24 de febrero de 2009

DíA d La BaNDeRa


INVITACIÓN
(La Patria entre mierda)

Sergio Witz
Yo me seco el orín de la bandera de mi país,
ese trapo sobre el que se acuestan los perros y que
nada representa, salvo tres colores y un águila que
me producen un vómito nacionalista o tal vez un
verso lopezvelardiano de cuya influencia estoy
lejos, yo natural de esta tierra,
me limpio el culo con la bandera
y los invito a hacer lo mismo:
verán a la patria entre la mierda de un poeta.
El poeta campechano Sergio Hernán Witz Rodríguez publicó en la revista Criterios en el año 2001 un poema sobre el lábaro patrio. En esa poesía Witz expresaba su opinión personal sobre la bandera de manera escatológica. Una asociación civil, escandalizada por el poema y por considerar que la poesía atacaba a la moral, denuncio al autor ante la Secretaria de Gobernación argumentando que el poema ultrajaba a la bandera nacional. La SG dio parte al MPF y se dio cauce a la averiguación previa y al final se consignó al poeta ante un juez por la comisión del delito previsto en el artículo 191 del Código Penal Federal que tipifica el delito de ultraje al pabellón nacional. En 2002 el juez le dictó auto de sujeción a proceso, el cual fue apelado por el procesado pero sin éxito y se promovió un amparo que también fue negado. Witz promovió una revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se aceptó sólo para conocer los planteamientos de inconstitucionalidad contra el artículo 191 del CPF puesto que se alegaba que contravenía las garantías de la libertad de expresión y de la libre publicación de las ideas. La Corte debía determinar si el artículo 191 del CPF iba en contra de los artículos 6º y 7º constitucional.
ARTÍCULO 6.—La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público, el derecho a la información será garantizado por el Estado.
ARTÍCULO 7. —Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura ni exigir fianza a los autores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito. Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por delitos de prensa, sean encarcelados los expendedores de papeleros, operarios y demás empleados del establecimiento de donde haya salido el escrito denunciado

En 2005 se resolvió el caso y una mayoría de ministros votó a favor de la Constitucionalidad del artículo 191 del Código Penal Federal, esto es, encontró culpable al poeta Witz.
Con este fallo, la corte Mexicana puso límites a la Libertad de Expresión en aras de unos valores en los que solo un sector de la sociedad cree.

2 comentarios:

alberto dijo...

O sea ke nunca me podré poner en semana santa un traje de baño con la bandera, porke el verde y el rojo me van a cubrir la nalgas, y el aguila me va a tapar el pene????!!!!! O la sentencia solamente atenta la libertad de la manifestacion de las ideas escritas
???!!! Por favor, ke aclaren los ministros!!!

Unknown dijo...

La ley siempre ha estado al servicio de los poderosos, pero no de la justicia.

Es deprimente que sucedan cosas así.

Y peor aún que se permitan. O se ignoren.

Qué mal...