miércoles, 14 de marzo de 2012

Feminismo Charro: “La Mejor Cocinera de la Ciudad de México”



Arriba/abajo, fuerte/débil, frío/caliente, derecha/izquierda, sujeto/objeto, hombre/mujer, masculino/femenino… conjunto de oposiciones que organizan al mundo, decía Bourdieu; manera  en la que se organiza la cultura, dice Madoo.  Por lo tanto y, por sentido común, feminismo sería el dual opuesto al machismo… nada más falso. El hombre no es el enemigo del feminismo; es el sistema capitalista en su forma patriarcal que excluye y domina a muchas mujeres y también hombres, en beneficio de unos pocos hombres y algunas mujeres.

El feminismo es un movimiento social estructurado con producciones teóricas que, poco a poco, ha ido permeando diversas áreas del conocimiento como la antropología, sociología, literatura, biología, el derecho, etc. Se trata de “un sistema de ideas general y de gran alcance sobre la vida y la experiencia humana comprendidas desde una perspectiva centrada en las mujeres” (Madoo y Niebrugge, 2002: 380). Es una teoría crítica y activista cuyo objeto de investigación son las experiencias de las mujeres en sociedad (es descriptiva); observa al mundo desde el punto de vista de las mujeres, es decir, como sujetos en la sociedad (es explicativa) y que tiene, como objetivo, transformar las condiciones de opresión universales.

Se han conquistado espacios, eso es innegable. El reconocimiento de los derechos objetivos de las mujeres –hoy- en buena parte del orbe es fruto de la lucha feminista que inició hace más de dos siglos; sin embargo el acceso de las mujeres a espacios de poder sigue siendo limitado. Por ejemplo, en México, según datos de la ex diputada federal y feminista Martha Tagle, la Cámara de Diputados está compuesta por un 77% de hombres y sólo un 23% de mujeres aún cuando lo estatutos de los partidos, aunque difieren entre ellos, estipulan una participación mínima del 30%. Este porcentaje de participación, fue una acción afirmativa[1] que se convirtió en ley –cuotas de género- para que sea ilegal que las mujeres no participen en los asuntos públicos.

Sin embargo, la línea entre las acciones o medidas a favor de la igualdad entre mujeres y hombres, con las que reproducen prácticas machistas, es delgadísima. Un caso:
 
En agosto de 2007, el Sistema  para el Desarrollo de la Familia (DIF) del Distrito Federal, organizó el concurso “La Mejor Cocinera de la Ciudad de México”; Benjamín acudió a las oficinas del DIF para inscribirse pero no se le permitió; acudió a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) para interponer una denuncia en contra del DIF por “discriminación”. El tema es interesante porque la denuncia, para la CDHDF, procedió y recomendó a la Institución que la convocatoria se abriera para que el quejoso y otras personas pudieran participar.

 

El DIF se negó; afirmó que los requisitos para participar eran claros: a) ser mujer mexicana, b) tener más de 18 años, c) no ser profesional de la gastronomía y, d) residir en el Distrito Federal. Benjamín, al ser hombre, no los cumplía. Para el DIF, esta negativa no era discriminatoria ya que el propósito del concurso era “reconocer el papel histórico que han desarrollado las mujeres del Distrito Federal como amas de casa” el concurso era una “acción afirmativa en beneficio del género femenino” (CDHDF 18-2008, pág. 5).  

La Comisión envió, primero a la Directora Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del DIF, luego al Director General del mismo, observaciones sobre el caso con la finalidad de garantizar la igualdad y equidad de género, así como “los motivos y fundamentos por los cuales esta Comisión considera que el citado evento no corresponde con una Acción Afirmativa a favor de los derechos de las Mujeres” (pp. 06).  El DIF respondió que sí era una AA porque estaba encaminada a reconocer el trabajo de las mujeres en el hogar que ha sido menospreciado históricamente, mediante el otorgamiento de una casa al primer lugar, un auto al segundo y una cocina integral al tercero; además, cumplía con la condición de temporalidad al ser organizado una vez al año (#plop).

Benjamín no quedó conforme y reiteró su denuncia de discriminación hacia él por ser hombre y hacia todas las mujeres; en junio de 2008 argumentó “… es lamentable, que en el siglo XXI, un Organismo responsable de velar por la integración de la familia, siga manteniendo estos criterios menesteres del hogar como propias de las mujeres. Manejan erróneamente el concepto de hogar volviendo a encasillar al sexo femenino en actividades propias del mismo; es decir han olvidado que actualmente este mismo gobierno en afán de avanzar en cuestiones de no discriminación ha impulsado leyes como la Sociedad de Convivencia (sic), en donde para formar un hogar común y brindarse ayuda mutua para convivir no se requiere de la pareja tradicional (…) no requiero ser mujer para tener la iniciativa de preparar, mejorar, inventar platillos e incluso sentirme motivado a compartir mis gustos con los demás, razón por la cual decidí participar en este concurso. Es lamentable, pero a quien siguen discriminando también es a la propia mujer (…) en lugar de reivindicarle, la sumergen más en los estereotipos tradicionales”

En agosto de 2008, el DIF convocó nuevamente al concurso “La Mejor Cocinera de la Ciudad de México” con las mismas características del año anterior aún con las observaciones que la CDHDF había puntualizado. La Comisión emitió una recomendación por las acciones discriminatorias de dicho concurso, hacia: 1. Benjamín por su condición de hombre, ya que la Constitución Mexicana[2] establece, en su artículo 1, párrafo tercero que “queda prohibida toda discriminación motivada por el género o cualquier otra causa que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas” (pp. 13) 2. Hacia las mujeres en general, ya que dicho concurso “lejos de encaminar acciones igualitarias, mantiene estereotipos de roles tradicionales que han significado la marginación de las mujeres y, por ende, su discriminación” (pp. 17)

Desarrollar un programa o una política a favor de las mujeres es muy complejo; no bastan buenas intenciones que, continuamente, terminan reproduciendo prácticas que producen y reproducen el status quo basado en la desigualdad entre mujeres y hombres en nuestra sociedad. Premiar el papel histórico de las mujeres como amas de casa, es promover el espacio privado como exclusivo de ellas, de nosotras. Es, en palabras de mi querida Marga Britto, un Feminismo Charro.
[i]                                                                                             

Publicado en Club de Lilith

[1] Medidas vinculadas al Derecho destinadas a la eliminación de desigualdades y discriminación intergrupal. Sus características: 1. Son medidas extraordinarias: configuran una excepción al principio general de igualdad. 2. Deben durar el tiempo estrictamente necesario para cumplir su finalidad. 3. Nunca deben afectar derechos fundamentales. 4. Se justifican por su finalidad que debe ser de interés de la comunidad, tomándose en cuenta los efectos que de hecho se produzcan. 5. No puede traducirse en discriminación directa y negativa para la mayoría. Disponible en: Santiago Juárez, Mario (2010). Guía de la materia Derecho a la igualdad y no discriminación. FLACSO-México. 

[2] México ha suscrito además, Tratados Internacionales a favor de la igualdad y en contra de la discriminación que van en la misma línea.


[i] El caso al que se hace referencia es la Recomendación 18-2008 de la CDHDF disponible en: http://directorio.cdhdf.org.mx/libros/recomendaciones/2008/10/reco_1808.pdf

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